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Los científicos y profesores universitarios firmantes, ante el anteproyecto de Ley de Investigación en Biomedicina,
MANIFESTAMOS:
1. Que, desde una postura de respeto por el trabajo que llevan a cabo los Diputados,
libremente elegidos por el pueblo, así como los miembros del Gobierno, discrepamos de algunos de
los contenidos del mencionado texto legal. Dicha discrepancia se basa exclusivamente en criterios
científicos y en el respeto a la verdad, y se explicita en los puntos siguientes.
2. El cigoto humano, desde el momento en el que posee su nuevo patrimonio genético tras la
fecundación, tiene una identidad genética propia, que se mantiene a lo largo del desarrollo prenatal
—embrionario y fetal— y postnatal, hasta el momento de la muerte del ser humano.
3. Hay suficiente evidencia para asegurar que el cigoto expresa esa dotación genética propia
autónomamente antes de la primera división celular y que, al menos desde el estado de embrión de
cuatro células, al día siguiente a la fecundación, ya se encuentran productos de la expresión génica
del embrión.
4. Entre los genes de expresión temprana en el desarrollo embrionario, se encuentran, por
ejemplo, los de las conexinas, que contribuyen a la formación de uniones en hendidura. Estas
estructuras, que jamás se encuentran en células agrupadas de organismos unicelulares, permiten la
comunicación entre las diversas células de un órgano; en el embrión humano se encuentran en
estado funcional antes de la implantación y su presencia es necesaria para que ésta se produzca.
5. A los cuatro días después de la fecundación, cuando el embrión, en estado de blastocisto,
está llegando al útero, libera gonadotropina coriónica, una hormona que sirve de mensajero químico
para preparar el organismo materno para la implantación del embrión y subsiguiente embarazo.
6. A la vista de los datos anteriores, resulta inadmisible desde un punto de vista biológico
identificar al embrión como una simple masa de células, ni siquiera en los días anteriores a su
implantación. Es preciso admitir que se trata de un organismo individual de la especie Homo
sapiens, ciertamente en un estado incipiente de desarrollo, pero no por ello merecedor de un
estatuto biológico distinto al del adulto al que, con el tiempo, dará paso si su desarrollo no se
interrumpe por causas naturales o artificiales.
7. Todas las consideraciones anteriores son válidas cualquiera que sea el origen del embrión,
que puede haber sido formado por un proceso natural de fecundación, por fecundación in vitro o, en
el futuro, por transferencia nuclear a óvulos enucleados. Los organismos clónicos que llegaran a
producirse en este último proceso serían auténticos embriones humanos, capaces, por tanto, de
desarrollarse hasta dar lugar a un organismo adulto si se implantan en un útero aceptor, de modo
similar a lo demostrado en la experimentación con mamíferos no primates.
8. La presente declaración sobre la equivalencia de los embriones, con independencia de la
vía por la que se hayan formado, no constituye una justificación ética sobre la licitud de los diversos
procedimientos artificiales de obtener el embrión, sino que establece que todo embrión,
independientemente de la vía de generación, posee el mismo estatuto biológico. Desde un punto de
vista estrictamente científico, no tienen sentido, pues, las distinciones semánticas, como la que se
introduce al llamar preembrión al embrión obtenido por fecundación in vitro.
9. El estatuto del embrión como organismo de la especie humana le hace acreedor al respeto
con que todo ser humano debe tratarse, con independencia de su origen, raza o estado de desarrollo.
No obstante, somos conscientes de que tanto aplicar como negar un estatuto de persona al embrión
trasciende la capacidad de las ciencias de la naturaleza.
10. Por otro lado, ante las referencias que el mencionado anteproyecto hace al uso
terapéutico de células madre, deseamos poner de manifiesto la necesidad insoslayable de potenciar
la investigación básica y clínica en medicina regenerativa. Al mismo tiempo, hacemos un
llamamiento a los científicos y a los medios de comunicación para que eviten la creación de falsas
esperanzas en el uso de células madre de origen embrionario, ya que, independientemente de las
consideraciones éticas que surjan de las realidades expuestas anteriormente sobre la naturaleza de los embriones humanos, hay que recalcar que esas células no han dado lugar hasta ahora a aplicaciones realmente terapéuticas en seres humanos; es más, la elevada tasa de proliferación de las células embrionarias provoca, en más del 60 % de los animales en que se implantan, la aparición
de tumores.
11. Por el contrario, las células madre de origen adulto, ante cuyo empleo no se formulan
más precauciones éticas que las que se expresan en los trasplantes de órganos, ha dado lugar ya al
tratamiento de más de 70 patologías humanas de diverso tipo y son numerosos los protocolos de
experimentación clínica en marcha, con resultados prometedores en muchos casos. Concretamente,
en el momento de redactar este manifiesto son 544 los protocolos que utilizan células madre
adultas, mientras que no se ha presentado ninguno con células de origen embrionario.
12. Finalmente, somos conscientes de que son numerosos los condicionamientos de todo
tipo —ideológicos, económicos, afán de notoriedad, etc.—, que pueden influir en una toma de
postura ante el uso de embriones humanos en la investigación, por lo que hacemos un llamamiento
para que la discusión científica se lleve a cabo con ánimo abierto, de modo que, basándose en
argumentos científicos, cada uno pueda emitir rectamente un juicio ético sobre los diversos modos
de actuar en la investigación biomédica.
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